SE APROBÓ UN NUEVO REGLAMENTO PARA ALUMNOS AUXILIARES

La Resolución 2441/12 establece un nuevo reglamento de alumnos auxiliares. Desde la Secretaría Académica de la Facultad se recuerda que para las prórrogas será requisito excluyente que el alumno y docente hayan presentado antes del 15 de marzo de cada año el informe de las actividades desarrolladas y la solicitud de prórroga.

Las mismas deberán enviarse por e-mail al correo de Secretaría Académica y presentarse luego en soporte papel a la Sede de la Facultad. En adjunto puede consultarse modelo del informe que debe realizar el alumno. A continuación, puede leerse la nueva norma.

ANEXO UNICO

1- Objetivos
* Brindar a los alumnos la posibilidad de iniciarse en la carrera docente, actualizar y aplicar conocimientos adquiridos en la carrera.
* Ofrecer a los alumnos la oportunidad de participar en las prácticas y tareas de los laboratorios así como de colaborar en proyectos específicos de informatización y de implementación de Laboratorios
* Aportar al enriquecimiento del proceso de enseñanza aprendizaje insertando a los alumnos en las aulas, en los laboratorios o en los Proyectos de Informatización.

2- Funciones de los Alumnos Auxiliares:
2.1- En las Cátedras:
– Acompañar y colaborar con los alumnos en la realización de trabajos prácticos, colaborar y/o proponer guías teóricas y prácticas para la cátedra.

2.2- En los laboratorios:
– Asistir al Jefe de Laboratorio Informático en la atención del equipamiento existente en la Facultad, realizando tareas de instalación de software, conexión y reparación de hardware como en actividades de estudio e investigación en temas referidos a esos Laboratorios.
– Colaborar en la atención de los recursos existentes en los distintos laboratorios de las carreras que se dictan en la Facultad y participar en estudios e investigaciones relacionados con temas de los Laboratorios correspondientes
2.3- En los proyectos de informatización o de Laboratorios: colaborar en la instalación de equipamiento, puesta en funcionamiento de los mismos en los distintos laboratorios.

3- Requisitos para la inscripción:
3.1 – Para inscribirse como aspirante a Alumno Auxiliar de cátedra, el mismo deberá acreditar:
3.1.1- Ser alumno regular de la carrera
3.1.2- Haber aprobado la cátedra para la cual se inscribe con nota no inferior a 7 (siete)
3.1.3-Haber aprobado como mínimo 2 materias en los 12 (doce) meses anteriores al llamado a concurso.
3.2 – Para inscribirse como aspirante a Alumnos Auxiliar de laboratorio, el mismo deberá acreditar:

3.2.1- Ser alumnos regular de la carrera
3.2.2- Tener aprobado el 50 % de las materias del departamento a que pertenezca el laboratorio o acreditar idoneidad suficiente.
3.2.3- Haber aprobado como mínimo 2 materias en los 12 (doce) meses anteriores al llamado a concurso.
3.3- Para inscribirse como postulante a Auxiliar en el desarrollo de Proyectos Informáticos o de Laboratorios

3.3.1- Ser alumnos regular de la carrera
3.3.2- Tener aprobadas las asignaturas que se fijen de acuerdo al proyecto.
3.3.3- Haber aprobado como mínimo 2 materias en los 12 (doce) meses anteriores al llamado a concurso

4-Selección de postulantes
4.1- Anualmente se publicará en la página Web y en las sedes y subsedes de la Facultad y se comunicará a los Responsables de Carrera las fechas para solicitud de Alumnos Auxiliares para el año académico siguiente.
Las solicitudes se recepcionarán entre la primera quincena de diciembre y la tercera semana de febrero en el área académica de la Sede de la Facultad.
4.2- En la primera quincena de marzo de cada año se hará el llamado a inscripción de los Alumnos Auxiliares para todas las cátedras, laboratorios y Proyectos que lo hayan solicitado
El mismo estará abierto por el término de 8 días hábiles, debiendo el alumno presentar toda la documentación requerida por mesa de entradas de cada sede/subsede acompañada de una nota dirigida a Secretaría Académica.

5- Conformación del Jurado evaluador
5.1-Dentro de los 10 días hábiles posteriores deberá constituirse el Jurado que hará la evaluación de los aspirantes inscriptos.
5.2- El Jurado para la selección de Alumno Auxiliar de cátedra estará constituido por:

El Jefe de Departamento que corresponda, un profesor de la materia y un alumno designado a propuesta del Área Alumnado que tenga la cátedra que se concursa aprobada con nota igual/superior a siete.

5.3- El jurado para la selección del Alumno Auxiliar de Laboratorio estará constituido por:

Jefe del Departamento que corresponda, Jefe del Laboratorio o docente del laboratorio que se concursa y un alumno a propuesta del Área Alumnado que tenga más del 30% de la carrera aprobada.

5.4- El jurado para la selección del Alumno Auxiliar de Proyectos Informáticos o de los Laboratorio estará constituido por:
Jefe del departamento correspondiente de acuerdo al proyecto, el Responsable del Proyecto de Informatización/ Laboratorio y alumno a propuesta del Área Alumnado que tenga aprobadas las asignaturas que se fijen de acuerdo al proyecto.

6- Evaluación de antecedentes:
– El jurado en forma conjunta deberá evaluar los antecedentes del postulante considerando:

6.1- Desempeño académico: notas, materias regularizadas, aprobadas, notas obtenidas, promedio en la carrera, nota en la cátedra en la que se inscribe, departamento del Proyecto.
6.2- Ayudantías, cursos, becas, idiomas, y otros antecedentes que pudiera presentar

7- Designación

7.1.1- Las designaciones serán efectuadas por el Decano Organizador de la Facultad de acuerdo con el orden de méritos.
7.1.2- Se designará 1 (un) Alumno Auxiliar en cada Cátedra y/o comisión de cátreda, si hubiera más de una y sí lo solicitaran.
7.1.3- Las mismas deberán ser realizada antes del 30 de abril de cada año, si excepción.
7.1.4- Cada alumno podrá ser designado en una sola asignatura, Laboratorio o Proyecto y en una única carrera.

7.1.5- Las designaciones tendrán vigencia por un año con posibilidad a prórroga según lo establecido en la Res FCyT Nº 880/10.
7.1.6- Las designaciones caducarán por:
* Renuncia del interesado
* Egreso del interesado
* Resolución del Decano y a solicitud debidamente fundamentada, del profesor de la cátedra, del Jefe de Laboratorio o del responsable del Proyecto.
7.1.8- Para las prórrogas será requisito excluyente que el alumno y docente hayan presentado antes del 15 de marzo de cada año el informe de las actividades desarrolladas y la solicitud de prórroga. Las mismas deberán enviarse por e-mail al correo de Secretaría Académica y presentarse luego en soporte papel a la Sede de la Facultad.

8. Evaluaciones

8.1- Al finalizar el año académico el profesor en cuya cátedra haya tenido un Alumnos Auxiliar, deberá presentar un informe del mismo indicando las tareas realizadas y apreciación sobre el desempeño.
8.2- Al finalizar el año académico el Alumno Auxiliar deberá presentar al profesor de la cátedra o al Jefe del Laboratorio correspondiente, un informe sobre su desempeño indicando las tareas realizadas durante este período.
8. 3 – Dichos informes deberán ser presentados al Coordinador de cátedra si lo hubiera o al Responsable de Carrera con copia a Secretaría Académica de la Facultad.
8.4- Cuando se trate de Proyectos de Informatización o de Laboratorios el mismo deberá ser presentado a la finalización del mismo.
8.5- Los informes en soporte papel deberán ser elevados al 30 de marzo de cada año.